¿De qué trata el proyecto...?
Derecho a la vida privada.
La Constitución, garantiza “el respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.”.
La protección de la vida privada tiene dos dimensiones: la primera, se caracteriza como un derecho destinado a proteger a las personas de intromisiones ilegítimas en su esfera íntima; mientras que la segunda, consiste en el derecho a conocer y controlar las informaciones o datos que terceras personas posean sobre él (por ejemplo, su edad, estado de salud, domicilio, etc.).
¿Qué dice el proyecto?
El proyecto de ley tiene por objeto modificar la actual regulación legal del derecho a la vida privada, la que ha sido criticada por la inexistencia de una autoridad que controle y fiscalice el adecuado tratamiento de los datos de las personas, la ausencia de un reconocimiento explicito del derecho de las personas a controlas sus datos personales, la inexistencia de un registro de los responsables privados de las bases de datos personales, entre otras razones.
Con el objeto de superar estas deficiencias, el proyecto de ley modifica la ley sobre protección de la vida privada y aquella sobre acceso a la información pública, consagrando explícitamente el derecho de las personas a controlar sus datos personales, incorporando entre las funciones del Consejo para la Transparencia la de velar por el adecuado cumplimiento de la normativa sobre tratamiento y protección de datos personales, resolver las reclamaciones de particulares relacionadas con el ejercicio de sus derechos, en materia protección de datos personales, y sancionar las infracciones de la ley, entre otras modificaciones.
Ficha del proyecto
Fecha de Ingreso: 01-10-2008
Estado Actual: Para primer informe de la comision de …
N° Boletín: 6120-07
Urgencia Actual: |
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